- Enlace al Blog EMPLEO Y DISCAPACIDAD
Las personas con discapacidad demandantes de empleo son destinatarias preferentes de los Programas de Inserción, Fomento de Empleo y Formación que la Consejería de Empleo de la Junta de Andalucía lleva a cabo.
- Formación Profesional Ocupacional: Programas específicos de formación para personas con discapacidad y otros colectivos con especial dificultades de inserción, posibilidad de reserva de plazas por curso y percepción de una ayuda en concepto de beca incompatible con la percepción de prestaciones o subsidios por desempleo.
- Programas de Escuelas Taller y Talleres de Empleo: Reserva de un 5% de plazas para estos programas. Para acceder a ellos es necesario el informe de minusvalía y un informe de adecuación y adaptación para el puesto de trabajo objeto de aprendizaje.
- Renta Activa de Inserción (RAI). Las persona con discapacidad quedan exentos del requisito de ser mayores de 45 años. Requisitos RAI
- Autoempleo. Acceso preferente para autónomos y autónomas en las medidas y ayudas contempladas para el establecimiento por cuenta propia.
RECURSOS ESPECÍFICOS:
- Incentivos a la contratación de carácter indefinido, tanto a tiempo completo como parcial.
- Incentivos al empleo de personas con discapacidad en Centros Especiales de Empleo.
- Proyectos Integrales de Empleo para personas con discapacidad. Son programas que tienen como finalidad desarrollar proyectos de empleo con apoyo. Para ello se incentivarán proyectos para acciones de orientación y acompañamiento individualizado en el puesto de trabajo.
- Unidades de Orientación Profesional "Andalucía Orienta". Existen unidades de orientación especializadas en la atención a personas con discapacidad.
Plan de Empleabilidad para personas con discapacidad en Andalucía. 2007-2013 (pdf)
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CON DISCAPACIDAD
http://disjob.com/
http://www.feapsmadrid.org/
http://www.portalento.es/
http://www.ehlabe.org/
http://www.capaces.org/
http://www.empleadis.net/
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CENTROS ESPECIALES DE EMPLEO
Son empresas en las que la plantilla de trabajadores debe estar conformada, al menos, en un 70% por personas con discapacidad en un grado igual o superior al 33%.
Sin perjuicio de su función social, los Centros Especiales de Empleo se estructuran y organizan como empresas ordinarias. La forma jurídica que adopten será cualquiera de las existentes: S.L., S.A., Cooperativa, Sociedad Laboral, etc.
ENLACES:
Centros Especiales de Empleo en Málaga y provincia
Directorio de CEE en Andalucía (pdf)Sin perjuicio de su función social, los Centros Especiales de Empleo se estructuran y organizan como empresas ordinarias. La forma jurídica que adopten será cualquiera de las existentes: S.L., S.A., Cooperativa, Sociedad Laboral, etc.
ENLACES:
Asociación de Centros Especiales de Empleo
Incentivos al empleo de personas con discapacidad en C.E.E.
El Empleo con Apoyo consiste en un conjunto de servicios y acciones individualizadas para que la persona con discapacidad y con especiales dificultades de inserción, pueda acceder, mantenerse y promocionarse en una empresa ordinaria en el mercado de trabajo, contando con el apoyo de profesionales y otros tipos de apoyos.
El Empleo con Apoyo facilita el proceso de inserción laboral mediante las siguientes acciones:
- Prospección de lugares de trabajo a través de la difusión del programa al mundo empresarial.
- Atención individualizada durante todo el proceso.
- Orientación y asesoramiento laboral y/o personal a la persona con discapacidad y, si es el caso, a su familia.
- Asesoría técnica y legal a los diferentes agentes de la entidad empleadora, en temas relacionados con tipos de contratos, ayudas a la contratación y otros aspectos administrativos, así como espaldarazo en aspectos de tipo relacional hacia la persona con discapacidad.
- Acompañamiento y entrenamiento en el mismo puesto de trabajo, en empresa ordinaria, así como en otras situaciones naturales consideradas en el plan personal de trabajo.
- Asesoramiento en adaptaciones del lugar de trabajo y ayudas ergonómicas.
- Búsqueda de apoyos naturales del entorno laboral y social, para la consecución y mantenimiento de los objetivos de inserción.
Asociación española de empleo con apoyo
ACCESO AL EMPLEO PÚBLICO
Las convocatorias de empleo público recogerán un cupo no inferior al 5% de plazas para ser cubiertas por personas con una discapacidad igual o superior al 33%, así como las que tengan reconocida una pensión de incapacidad permanente en el grado total, absoluta o gran invalidez. Siempre que la oferta de Empleo Público lo permita, la reserva se realizará de la siguiente forma:
- Un mínimo del 4% de las plazas vacantes se reservará a personas con discapacidad física, sensorial o psíquica que no tenga origen en retraso mental o moderado.
- Un mínimo del 1% de las plazas vacantes se reservará a personas con discapacidad que tenga origen en un retraso mental leve o moderado.
ASOCIACIONES
Discapacitados Mijeños Virgen de la Peña (ADIMI)
Atención a personas con discapacidad psíquica.
C/ Río Guadatele, nº 1 - Portal 2. 29651-Mijas
Tfnos.: 952 462 110
Contacto: Jerónima Carrasco González info@adimi.es
s
Discapacitados Sol (ADISOL)
Formación e integracón a discapacitados.
C/ José Cubero "Yiyo", 27 - Local 6. 29640-Fuengirola
Tfnos.: 952 119 041 / 618 281 417 Fax: 952 119 041
Contacto: Rafael Román adisol@telefonica.net
w
Benalmádena atención a la diversidad (ABAD)
Atención a la discapacidad en todas las edades y en cualquier grado.
Avda. de la Inmaculada Concepción, 61. 29631-Benalmádena
Tfnos.: 952 561 453 / 952 560 211
Contacto: Ana María García Palomo abad@asoabad.e.telefonica.net
d
ASPANDEM
Promoción de personas con discapacidad
Avda. Príncipe de asturias, s/n (San Pedro de Alcántara). 29670-Marbella
Tfno.: 952 799 210 Fax: 952 787 6587
Contacto: Antonio Vera Blázquez aspandem@jet.es
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Integración Laboral del Minusválido de Marbella
Integración laboral de minusválidos
Bda. Santa Marta, Blq. 1, Local 6. 29600-Marbella
Tfno.: 952 824 933 Fax.: 952 865 815
d
Jóvenes discapacitados valores
Atención a discapacitados
C/ Málaga, 10 (San Pedro de Alcántara). 29670-Marbella
Tfno.: 952 785 973
Contacto: Pilar Rodríguez Cordón
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Esclerosis Múltiple "Nuevo Amanecer" (AMPEMNA)
Promoción de actividades destinadas a la mejora de la vida de las personas afectadas.
C/ Pinillo, s/n. Centro Cívico Social Divina Pastora. 29600-Marbella
Tfno.: 952 859 672
Contacto: Dulce Córdoba del rey ampemna@yahoo.es
ENLACES:
Listado de asociaciones de discapacitados. Málaga capital
Diputación de Málaga - Guía de asociaciones
Federación ASPACE Andalucía. Parálisis cerebral y afines
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PENSIONES
PENSIÓN NO CONTRIBUTIVA DE INVALIDEZ
Consiste en una prestación económica mensual, asistencia médico-farmacéutica gratuita y servicios sociales complementarios, aunque no se haya cotizado a la Seguridad Social o se haya hecho de forma insuficiente como para acceder a una pensión contributiva.
REQUISITOS:
- Tener entre 18 y 65 años.
- Residir en territorio español durante al menos 5 años y los últimos 2 de forma consecutiva.
- Tener una minusvalía igual o superior al 65%.
- Carecer de ingresos suficientes.
Si la persona es contratada por cuenta ajena, se establece por cuenta propia o se acoge a programas de renta activa de inserción, se suspenderá la pensión pero podrán recuperar ese derecho cuando se extinga el contrato o cesen en el negocio o programa.
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PENSIONES CONTRIBUTIVAS POR INCAPACIDAD PERMANENTE
Incapacidad permanente parcial para la profesión habitual (IPP)
Aquella que ocasiona al trabajador una disminución no inferior al 33% en su rendimiento normal para la profesión que ejerce, sin impedirle realizar las tareas fundamentales.
PRESTACIÓN:
Indemnizacioón de 24 mensualidades de la base reguladora que haya servido para determinar la prestación por incapacidad temporal. Se cobra una única vez.
La prestación es compatible con cualquier trabajo por cuenta propia o ajena de distinta profesión a la habitual. La persona tendrá derecho a reincorporarse a su puesto de trabajo en condiciones que dependerán del grado de incapacidad y de su recuperación posterior.
Incapacidad Permanente Total (IPT)
Aquella que inhabilita para la realización de todas o de las tareas fundamentales de su profesioón habitual pero que le permite dedicarse a otra distinta.
PRESTACIÓN:
Pensión vitalicia mensual constituida por el 55% de la base reguladora. Podrá incrementarse en un 20% para los mayores de 55 años cuyas características hagan presumir una especial dificultad para encontrar empleo en otra ocupación.
La prestación es compatible con el desempeño de una profesión distinta de la habitual (en este caso puede que se modifique la cuantía) y permite cobrar desempleo.
La IPT extingue la relación laboral pero el trabajador tendría preferencia absoluta para su readmisión en la empresa en caso de que recuperase total o parcialmente su capacidad laboral.
Incapacidad Permanente Absoluta (IPA)
Inhabilita por completo a la persona trabajadora para toda profesión u oficio.
PRESTACIÓN:
Pensión mensual cuya cuantía será del 100% de la base reguladora.
No impedirá el desempeño de actividades (lucrativas o no) compatibles con el estado de la persona.La pensión es incompatible con el subsidio por desempleo.
Gran invalidez (GI)
Situación de incapacidad permanente con pérdidas anatómicas o funcionales que obligan asistencia de otras personas para las actividades cotidianas (vestirse, comer,...).
PENSIÓN:
Pensión mensual del 100% de la base reguladora más un 50% destinado a remunerar ala persona que atienda a la persona discapacitada.
Permite el desempeño de las actividades (lucrativas o no) compatibles con su estado.
Plaza Diego velázquez Otero, 5Edificio Torre Almenara
29007 - Málaga
Tfno.: 951 03 67 00